Obligaciones fiscales y legales que hay que cumplir tras el fallecimiento de una persona

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  • Presentación del  Impuesto de Sucesiones y consolidación de dominio.

Este impuesto lo tienen que presentar los herederos/as del fallecido que tenga bienes a su nombre o derechos adquiridos (bienes inmuebles, depósitos bancarios, vehículos, seguros de vida, etc.).

El plazo de presentación es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. El desconocimiento de los herederos/as no exime de su presentación y el incumplimiento de esta obligación supone, cuando menos, una sanción administrativa.

  • Presentación del Impuesto de Plusvalía.

Este impuesto no es obligatorio en todos los Ayuntamientos. En Lugo sí es obligatorio, y el plazo para su presentación es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento.

Cumplir con los plazos no sólo significa evitar el recargo en la cuota a pagar, sino que supone no poder solicitar las bonificaciones que establecen los Ayuntamientos en sus Ordenanzas (en Lugo en algún caso supone un 95% de bonificación de la cuota correspondiente).

  • Transferencia de los vehículos que estén a nombre del fallecido.

Según la Ley General de Seguros el plazo sería de 6 meses desde la fecha de  fallecimiento.

Mónica Folgueira Murado, Graduado Social colegiada Nº430 Lugo

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